Mario Solórzano*
“Los Estados Miembros de la ONU deberían poner fin a los planteamientos punitivos frente al control de drogas y anteponer a las personas y las comunidades. Para ello, entre otras cosas, se debe promover y facilitar la participación de la sociedad civil y de las comunidades afectadas en todas las facetas de la concepción, la aplicación, la evaluación y la supervisión de las políticas de drogas (1)”
El fenómeno social del consumo de alcohol, tabaco y otras drogas es uno de los grandes acontecimientos epidemiológicos de nuestro tiempo y uno de los principales problemas de salud pública que padece la sociedad mexicana.
Las políticas públicas punitivas y de criminalización del consumo no han conseguido frenar los niveles de uso de drogas (su supuesto objetivo) y podrían haber empeorado la estigmatización y la demonización de las personas que las usan (2), exacerbando la exclusión social, la discriminación y la violencia, además de poner obstáculos a la prestación de servicios y de atención médica.
Los resultados de las últimas investigaciones (3) muestran, de manera general, que las prevalencias en el consumo de los diferentes tipos de drogas han aumentado, que las edades de inicio son cada vez menores(4) y que la diferencia en el consumo por género tiende a disminuir; consumen casi por igual mujeres y hombres.
El problema de perseguir y castigar
La producción, la venta y el consumo de drogas actualmente ilegales están aumentando. También van en aumento los daños que han causado las políticas vigentes, como se pone de manifiesto con el incremento espectacular de las sobredosis, el hacinamiento en las cárceles, la transmisión del VIH y la hepatitis.
A pesar de la persecución policial, hay un mercado ilegal que cada vez genera más ingresos, es más violento y se toleren los asesinatos extrajudiciales de personas que usan drogas, unos crímenes que a menudo se cometen a plena luz del día.(5)
México emprendió una guerra contra las drogas en 2006 que ha causado más de 150 mil muertes relacionadas con las drogas y más de 32 mil desapariciones.(6) No obstante, el narcotráfico y las adicciones no son problemas relacionados exclusivamente con la policía, el ejército, las procuradurías o los tribunales; son problemas estrechamente vinculados con la sociedad.
Sin embargo, las políticas mundiales para combatir las drogas se han basado en los principios generales de eliminar por completo la producción, el comercio y el uso de cualquier sustancia psicoactiva ilegal, lo cual ha implicado medidas severas de represión que terminan afectando a las personas más vulnerables: a los agricultores de cultivos de subsistencia que participan en la producción de cultivos ilegales, a los pequeños traficantes porque son más fáciles de detener que las personas ricas y bien conectadas y, por supuesto, a sus consumidores.
La sociedad, a falta de conocimiento y entendimiento de las adicciones, identifica a este fenómeno como un vicio que nace de la inmoralidad del comportamiento de la persona, por lo que se le debe castigar y alejar de la comunidad, hasta que recapacite sobre su conducta y regrese al redil de la “normalidad”.
Para la Organización Mundial de la Salud (OMS) la adicción es una enfermedad y conlleva también el sentido de que el consumo de la sustancia psicoactiva tiene un efecto perjudicial para la sociedad y para la persona,(7) ya que la incapacita para vivir de una manera “normal”, “funcional” y “productiva”.
Sin embargo, desde esa concepción, el sujeto que consume es el “enfermo” y por tanto es visto como el único responsable en ocuparse de sanar. Con ello se neutralizan o se eliminan del paisaje los problemas sociales vinculados a su “enfermedad”, tales como la inseguridad, la violencia, el tráfico de drogas y armas de fuego.
Adicciones como discapacidad, no enfermedad
A la discapacidad se le define como las deficiencias físicas, mentales, sensoriales o psicosociales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir a la persona su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás(8). Es un concepto que evoluciona y que resulta de la interacción entre las personas con deficiencias y las barreras del entorno y sociales que las enfrenta, rechaza, menosprecia y margina.
La diferencia fundamental entre considerar a la discapacidad como enfermedad y el nuevo modelo social que la define conlleva en esencia el honesto compromiso de compartir la responsabilidad de “sanar”, no sólo al individuo, sino también a su entorno.
Considerar, por tanto, a la adicción a sustancias como una discapacidad, en particular una discapacidad mental o psicosocial, hace mayor justicia a la realidad, y permite poner la atención para su tratamiento no sólo en el individuo que la vive sino también en el ambiente en el cual tendría derecho a desarrollarse, en igualdad que el resto de las personas.
La adicción, desde esa mirada, hace posible traspasar los juicios de moral o de simpatías compasivas, para en cambio garantizarle a la persona con un consumo problemático de drogas el pleno respeto y protección de su dignidad inherente como ser humano; garantizar su derecho al pleno goce y ejercicio de sus derechos fundamentales como cualquier otra persona, como el derecho a la libertad personal, al libre desarrollo de su personalidad, a la no discriminación, a la integridad física y emocional, al trabajo, al más alto nivel de salud posible y en general, a la vida en sociedad.

Esta nueva visión de la adicción como discapacidad reconoce y la importancia y la urgencia de desmantelar las barreras a las que son enfrentadas las personas que viven con discapacidad, barreras construidas de prejuicios y estigma que impiden su plena participación e inclusión en la sociedad, y que en síntesis les despojan de dignidad como seres humanos.
Cambio de visión para dejar de excluir
Las políticas públicas y estrategias de prevención y tratamiento a las adicciones deben orientarse a revertir los factores causantes de exclusión y maltrato, particularmente deben proteger a las niñas, niños y jóvenes en situación de riesgo(9); evitar que quienes se encuentran con un consumo experimental deriven en situaciones de abuso o dependencia(10), y brindar servicios especializados de tratamiento a quienes lo requieran, así como programas de reinserción social y reducción del daño(11).
Por otro lado, es importante considerar que la realidad y los problemas asociados a la dependencia de drogas y alcohol varían de un individuo a otro y se combinan para generar una variedad aún más compleja de necesidades y requerimientos.
En este sentido, es un error pensar que los programas de tratamiento pueden ser idénticos para todas las personas. Lo anterior, obliga a desarrollar programas innovadores de prevención y atención integral de las adicciones que además tenga en consideración la situación de las recaídas muy comunes durante y después del tratamiento.
El desafío respecto a los programas de tratamiento consiste en contar con una variedad de ambientes, formatos y tiempos, por lo que es necesario considerar intervenciones múltiples y recurrentes en el tiempo. Destacan, por tanto, acciones prioritarias para la atención eficaz de las adicciones, tales como tratamiento para la desintoxicación, grupos de apoyo mutuo (apoyo entre pares), análisis de control e intervenciones breves, actuación ante situaciones imprevistas (protocolos), terapia cognitivo-conductual, tratamiento de la comorbilidad, entrevistas motivacionales, formación profesional (capacitación laboral), asistencia social, actividades educativas, rehabilitación y tratamiento posterior(12).
La definición de estos programas y estrategias debe tratarse, hablarse y discutirse en todos los grupos sociales: el núcleo familiar, los amigos, maestros y alumnos, etc. con el fin de conocerlas, difundirlas y actuar con perspectiva de derechos humanos.
Conexión frente a la adicción
Hay que recordar que el Relator Especial del Derecho a la Salud de la ONU, afirmó: “se aplican las mismas normas éticas al tratamiento de la drogodependencia que al de otros estados de salud” y que “el personal de atención de la salud tiene la obligación de ofrecer los tratamientos sin discriminar ni estigmatizar a los pacientes ni violar sus derechos humanos”(13).
Cuando concibamos la adicción como discapacidad, entendida desde la visión social, habremos ganado terreno en el respeto y protección del derecho de las personas con adicción a vivir su completud como miembros de igual valía en la sociedad, garantizando su oportunidad de resignificar asertivamente el sentido de vida que han elegido para sí mismas, de situarse con afecto y responsabilidad en su modo de estar consigo mismos y quienes le rodean y habilitar y fortalecer su interacción con sus conexiones interpersonales significativas.
La Alta Comisionada Adjunta de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos afirmó que “en un mundo que debe ser más inclusivo y donde nadie debería quedarse atrás, a las personas que usan drogas no se les está dejando atrás, se las está dejando fuera”.
Cuando aceptemos la adicción como una discapacidad entonces habrá inclusión, no rechazo, marginación ni indolentes actos de crueldad o castigos supuestamente “merecidos” por dañar su vida y las de su entorno. Si entendemos que lo opuesto a la adicción no es la sobriedad sino la conexión, estaremos enteramente dispuestos a reconocer que la responsabilidad de cambio no es exclusiva de la persona con adicción, sino de todos: familias, sociedad y autoridades.
*Mario Solórzano es consultor especialista en derechos humanos. Asesor de la fundación La Recompensa de Dar. Centros de Salud Mental y Adicciones, y presidente de Documenta, A.C.
__________ Referencias bibliográficas 1.Balance de una Década de Políticas de Drogas. Informe Sombra de la Sociedad Civil, pág. 13. Ver también Tabla 2 respectiva: Ídem, pág. 30. 2.Véase: Werb, D., Mills, E.J., DeBerk, K., Montaner, J.S.G. y Wood, E. (2011), ‘The effectiveness of anti-illicit-drug public-service announcements: A systematic review and meta-analysis’, Journal of Epidemiology & Community Health, 65(10): 834-840; Consorcio Internacional sobre Políticas de Drogas, ‘Module 6: Effective drug prevention and treatment’, en: IDPC Drug Policy Advocacy Training Toolkit, http://fileserver.idpc.net/library/Module-6.pdf 3.Encuesta Nacional de Adicciones 2008; Encuesta Nacional de Adicciones 2011; Sistema de Reporte de Información en Drogas, SRID; Sistema de Vigilancia Epidemiológica en Adicciones, SISVEA; Diagnóstico Nacional de Servicios Residenciales en el Tratamiento de las Adicciones, y Encuesta de Consumo de Drogas en Estudiantes en la Ciudad de México 2012, entre otras. 4.El Comité sobre los Derechos del Niño de la ONU instó a los Estados a mejorar la elaboración y la difusión de información exacta y objetiva sobre el uso de drogas. Ver: Comité sobre los Derechos del Niño (6 de diciembre de 2016), Observación general Nº 20 (2016) sobre la efectividad de los derechos del niño durante la adolescencia, CRC/C/GC/20* en: https://digitallibrary.un.org/record/855544/files/ CRC_C_GC_20-ES.pdf En la misma línea, el Relator Especial sobre el derecho a la salud ha subrayado la importancia de que los Estados provean servicios de prevención, reducción de daños y tratamiento adaptados a las necesidades específicas de los niños y los adolescentes. Ver: Consejo de Derechos Humanos (4 de abril de 2016), Informe del Relator Especial sobre el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental, A/HRC/32/32, http://ap.ohchr.org/documents/dpage_e. aspx?si=A/HRC/32/32 5. Ídem. PREFACIO por CLARK, Helen, Integrante de la Comisión Global de Políticas de Drogas Ex Primera Ministra de Nueva Zelanda, 1999-2008 Antigua administradora del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, 2009-2017. 6. Comisión Interamericana de Derechos Humanos (2016), Situación de derechos humanos en México, http://www.oas.org/es/cidh/informes/pdfs/Mexico2016-es.pdf Véase también: Human Rights Watch (2017), México: Eventos de 2017, https://www.hrw.org/es/world-report/2018/country-chapters/313310, asimismo: Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (mayo de 2015), Human rights and the war on drugs in Mexico. https://www.ohchr.org/Documents/HRBodies/HRCouncil/DrugProblem/NHRIMexico.pdf Igualmente Cfr.: Datos del Sistema Nacional de Seguridad Pública de México, tomados de: Smith, R. (mayo de 2018), ‘Hundreds of people in Mexico are kidnapped every year. And the problem’s getting worse’ https://www.vox.com/2018/5/11/17276638/mexico-kidnappings-crime-cartels-drug-trade 7.Cfr. Glosario de Términos de Alcohol y Drogas. Organización Mundial de la Salud, 1994. 8.Artículo 1° de la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. 9.La Convención sobre los Derechos del Niño es el único tratado de derechos humanos de la ONU que incluye una referencia concreta a las drogas, al disponer que los Estados signatarios “adoptarán todas las medidas apropiadas (...) para proteger a los niños contra el uso ilícito de los estupefacientes y sustancias sicotrópicas” (Artículo 33). La Convención también reconoce “el derecho del niño al disfrute del más alto nivel posible de salud y a servicios para el tratamiento de las enfermedades y la rehabilitación de la salud” y la obligación de los Estados partes de “asegurar que ningún niño sea privado de su derecho al disfrute de esos servicios sanitarios” (Artículo 24.1). 10. La mayoría de las políticas públicas han intentado prevenir el uso de drogas entre los jóvenes y los niños con mensajes y tácticas de miedo, centrados en el mensaje de “simplemente di que no”, en lugar de procurar fortalecer los factores de protección y reducir los factores de riesgo que conducen al uso de drogas, en sintonía con las normas internacionales de la ONUDD en materia de prevención. Ver: Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (2015), International standards on drug use prevention https://www.unodc.org/documents/prevention/UNODC_2013_2015_international_standards_on_drug_use_ prevention_E.pdf.) 11.Ver Resolución 61/11 de la Comisión de Estupefacientes de la ONU (CND). “Promover actitudes no estigmatizantes para asegurar la disponibilidad y la prestación de servicios de salud y atención y servicios sociales para los consumidores de drogas y el acceso a esos servicios” (2018). 12. Comisión de Estupefacientes (20 de diciembre de 2017), Medidas adoptadas por los Estados Miembros para aplicar la Declaración Política y Plan de Acción sobre Cooperación Internacional en Favor de una Estrategia Integral y Equilibrada para Contrarrestar el Problema Mundial de las Drogas, E/CN.7/2018/6, http://undocs.org/es/E/CN.7/2018/6 13.Véase: Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos (2015), Estudio sobre las repercusiones del problema mundial de las drogas en el ejercicio de los derechos humanos, Informe del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, A/HRC/30/65. http://www.ohchr.org/EN/HRBodies/HRC/RegularSessions/Session30/Pages/ListReports.aspx 14. Balance de una Década de Políticas de Drogas. Informe Sombra de la Sociedad Civil, International Drug Policy Consortium Publication, 2018.