Tener Síndrome de Down no es razón para negar un seguro: la lucha de una madre contra la discriminación

Por: Manu Ureste en AnimalPolítico *

  • Delia Ortiz libró una batalla legal de dos años para exigir que una aseguradora brindara sus servicios a su hijo.
  • La empresa se negó a hacerlo solo porque el menor es una persona con discapacidad, una práctica que Delia considera necesario erradicar.

Buzz es un niño con Síndrome de Down. No se llama así, pero su madre, Delia Ortiz, pide proteger su identidad. Así que para este reportaje, se elige el nombre del superhéroe favorito del niño de ocho años: Buzz Lightyear, el personaje de Toy Story que hizo famosa la frase: “¡Hasta el infinito… y más allá!”.

Precisamente, Delia dice que esa frase es la que mejor define a su hijo. “Es un niño súper activo; le encanta correr, nadar, escalar, y se esfuerza mucho para hacer todo lo que hacen los demás niños. Por eso, la frase de Buzz Lightyear lo define muy bien —recalca la mujer—. Porque para mi hijo no existen los límites”.

Sin embargo, la sociedad que lo rodea no ve las cosas de la misma manera.

“No sabes la cantidad de veces que escucho comentarios del tipo: ‘No, es que esta no es la escuela que su hijo necesita’. ‘No, es que no tenemos el personal cualificado para atenderlo…’”, lamenta la mujer.

A finales de 2019, Buzz fue víctima de otro acto de discriminación. Aunque esa vez no se trató de un comentario velado, denuncia Delia, sino de una discriminación directa por parte de la Aseguradora Banorte, compañía con la que inició una disputa legal a finales de 2019 luego de que esta le negara la renovación de la póliza de gastos médicos a su hijo.

Más de dos años después, la disputa continúa vigente, aunque previo a la publicación de este reportaje y después de que se les buscó para conocer su versión sobre este reportaje, Banorte contactó a Delia para negociar la renovación de la póliza de Buzz. No obstante, la mujer precisa que, más allá de su caso particular, el punto central de su petición es que el banco revise sus procesos internos para evitar otros posibles casos de discriminación como el que denuncia que sufrió su hijo.

El caso de Buzz

En entrevista, Delia explica que, cuando Buzz y su hermana gemela nacieron, los incluyó dentro de una póliza colectiva de gastos médicos con esa aseguradora. En aquel entonces, entregó toda la documentación médica y no tuvo problema. Pero cuando el niño contaba con seis años, Delia quiso migrar de una póliza colectiva a una individual, y ahí empezó la pesadilla.

“Como ya tenía su seguro desde el nacimiento, el paso hacia una póliza individual me parecía un trámite sencillo”, expone la mujer.

Pero no fue así. Una ejecutiva de ventas le mandó un correo diciéndole que la aseguradora requería de mucha más información sobre la condición de su hijo.

Delia entregó el expediente médico de Buzz y el cariotipo, el estudio genómico donde se dictamina que nació con un cromosoma extra —una condición que también se conoce como Trisomía 21—. Y poco después, la aseguradora le contestó en una línea por correo electrónico que no le renovaría la póliza.

“Se rechaza la solicitud debido a que el solicitante presenta características desfavorables sugestivas de agravación de riesgo”, informó la aseguradora.

Aunque no mencionaba explícitamente el Síndrome de Down como la razón por la que rechazaba renovar la póliza del seguro, para Delia está muy claro que el motivo fue ese, puesto que la respuesta se dio luego de entregar el cariotipo y los estudios clínicos relacionados con el Síndrome de Down.

Así que, a partir de esta respuesta, Delia acudió a la justicia.

El camino no fue sencillo. En primer lugar, la autoridad judicial no quiso aceptar el amparo indirecto que interpuso Delia alegando que esta herramienta legal no aplica contra una aseguradora, debido a que se trata de una empresa privada, un particular, y no de un ente del Estado mexicano.

Sin embargo, en marzo de 2021, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ya había discutido este tema a raíz de otro amparo interpuesto por Gabriel, un hombre de 37 años que también acudió a la justicia ante la negativa de otra aseguradora de incluir en la póliza a su bebé con Síndrome de Down.

Tras atraer el caso, la Primera Sala de la Suprema Corte resolvió que un tribunal de distrito debía admitir la demanda de amparo de Gabriel, al considerar que las aseguradoras, si bien son privadas, dan servicios de salud que le corresponden al Estado brindar, y que, por lo tanto, sí pueden ser sujetas a un juicio de amparo ante una inconformidad de la ciudadanía.

Además, con esta resolución, la Suprema Corte recordaba a las aseguradoras que deben cumplir la amplia normativa vigente que protege los derechos en México de las personas con discapacidad, como lo son la misma Constitución —que prohíbe la discriminación—, la Ley General para la Inclusión de Personas con Discapacidad o la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación.

Imagen ilustrativa. Foto en blanco y negro, un niño con Síndrome de Down con camisa de manga corta y chaleco, sentado junto a una niña sonríe mirando al frente. (Foto: freepik.es)

“Fue una decisión histórica”, asegura Gabriel en entrevista.

Luego de que el amparo de Delia también fuera aceptado, un tribunal colegiado emitió en septiembre de 2021 un fallo, en el que básicamente le dice a la aseguradora que el motivo para negarle el seguro a Buzz no puede ser la condición de discapacidad.

A partir de esta resolución, la aseguradora contestó que, derivado de las medidas cautelares que la justicia dictaminó para proteger a Buzz durante el tiempo que durara el litigio, ya había emitido las pólizas de los años 2020 y 2021, y que, por lo tanto, daba por concluido el asunto.

Entonces, Delia cuenta que, antes de que todas las partes dieran por cerrado el caso, se contactó de nuevo con la aseguradora por correo electrónico para solicitar la renovación de la póliza para este 2022. “Pero la respuesta fue: ‘crí, crí, crí…’”, dice la mujer imitando el sonido de los grillos en mitad del silencio. “¡Nadie me daba respuesta!”.

Es decir, apunta la mujer, la aseguradora se quitó el asunto de encima alegando que ya cumplió dándole a su hijo las pólizas de 2020 y 2021, aunque esto fue por mandato judicial y no como una forma de la compañía de aceptar el error y el posible acto de discriminación. Y luego, la aseguradora se zafó del asunto cortando la comunicación con ella para no renovar la póliza de Buzz.

Ante esta situación, Delia dice que está valorando si continúa o no con el proceso legal, ante lo que entiende es una “respuesta insatisfactoria” tanto por parte de la aseguradora como de la justicia, que, si bien le dijo a la aseguradora que no podía discriminar en su respuesta, no señaló de manera tajante en su resolución que la compañía hubiera incurrido en discriminación.

No obstante, más allá de la decisión que tome acerca del proceso, la mujer dice que lo más importante de este caso es haber dejado claro el mensaje de que, como sociedad, “no podemos invisibilizar la discriminación”.

“No puede ser que, en pleno siglo XXI, aun sea más fácil asegurar algo material, como un coche, que a tu hijo”, lamenta Delia, que pide al resto de ciudadanos que también aporten su grano de arena en esta lucha contra la discriminación.

Previo a la publicación de este reportaje, Animal Político buscó a Banorte para conocer su postura. Por medio de un correo electrónico, la aseguradora insistió en que “cumplió a cabalidad con la resolución del juez del caso, renovando la póliza del menor hasta el 31 de diciembre de 2021”.

“De manera complementaria, Banorte ya entró en contacto con la madre del menor para hacerle una oferta por una nueva póliza de seguro de gastos médicos mayores para el año 2022”, añadió el banco.

Delia, como ya se expuso, insiste en que, más allá de su caso en particular, el punto central de su petición es que el banco revise sus procesos internos para evitar incurrir en otros posibles casos de discriminación en contra de personas con discapacidad.

“Mi hijo no está enfermo, tiene una condición diferente”

Gabriel, el padre del menor cuyo caso llegó hasta la Suprema Corte tras la negativa de otra aseguradora a incluir en la póliza a su bebé con Síndrome de Down, lamenta que en esa lucha contra la discriminación aún hay mucha falta de información.

Por ejemplo, en su caso la respuesta que le dio la compañía de seguros para negarle la póliza a su hijo —Gabriel junior— fue que este “tenía padecimientos sistémicos”.

“Pero un padecimiento sistémico es una enfermedad que alguien tiene en todo el cuerpo. Y mi hijo no está enfermo. Mi hijo lo que tiene es Síndrome de Down, que no es una enfermedad, sino una condición diferente”, plantea Gabriel, que explica que “hay niños con Down que pueden estar muy enfermos, y niños con Down que no tienen absolutamente nada”, a los cuales no habría ningún motivo para negarles el seguro de gastos médicos.

“Es decir, si yo voy a una aseguradora a solicitar un seguro y me dicen que no porque tengo obesidad, o porque tengo cáncer, pues me lo pueden decir. Y si una persona con discapacidad va y también tiene obesidad o cáncer, también le pueden decir que no. Pero lo que nunca podrán hacer es decirle que no porque presenta una condición de discapacidad. Eso es discriminatorio”.

Paulina Jiménez Ochoa es abogada, activista en pro de los derechos humanos y persona con discapacidad visual. En entrevista, dice que, mientras persista la confusión entre discapacidad y enfermedad, la puerta para la discriminación seguirá abierta. Y no solo en México. En España, por ejemplo, en diciembre pasado una organización civil también denunció a la aseguradora ING Direct por supuesto trato discriminatorio, ya que esta niega otorgar pólizas de seguro a aquellos usuarios que superen el 33% de discapacidad.

“Evidentemente, puede haber enfermedades que deriven en una discapacidad, pero la discapacidad no es sinónimo de enfermedad en automático. Y si esto no se tiene claro, entonces seguirá abierta la puerta a miles de interpretaciones y a que las aseguradoras no hagan efectivas las pólizas”, advierte la abogada.

Libertad Hernández, activista y directora del medio digital Dis-Capacidad.com, recuerda que el tema de la discriminación en México es un asunto que ha venido persistiendo desde muchas décadas atrás.

Así lo corroboran también las cifras oficiales. Enrique Ventura Marcial, director de admisibilidad, orientación y formación del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred), detalla en entrevista que entre 2002 y el pasado 2021 abrieron 1 mil 680 expedientes por presuntos casos de discriminación a personas con discapacidad, siendo el ámbito educativo donde más quejas recibieron (493), seguido del laboral (428).

Ventura Marcial dice que, en el ámbito educativo, especialmente en las escuelas privadas, sucede algo similar a lo que pasa con las aseguradoras: que, al ser entes privados, alegan que pueden reservarse el derecho de decidir a quién le dan la atención y a quién no, argumentando “que no tienen el personal ni la capacidad para atender a personas con discapacidad”. Sin embargo, recuerda Marcial, estas escuelas privadas también ofrecen un servicio que es inherente al Estado mexicano, como las aseguradoras, por lo que también deben ajustarse a toda la normativa que prohíbe la discriminación.

“Un pasito para adelante, dos para atrás”

Ahora bien, matiza Libertad Hernández, más allá de las estadísticas oficiales de quejas, la cifra negra de casos es, probablemente, mucho mayor.

“¿Por qué persiste la discriminación? —se pregunta Hernández—. Pues porque no se han cambiado modos, formas de pensar y de actuar, y porque tenemos una inercia histórica que es muy difícil cambiar”.

Ante esta situación, Libertad Hernández considera que se requiere de un papel mucho más activo de los tres niveles de gobierno, para generar más políticas públicas destinadas a favorecer la inclusión de las personas con discapacidad.

“Eso es lo que deberían de estar haciendo. Sin embargo, vemos que no está ahí su discurso. Porque, por un lado, vemos que hablan de derechos humanos, pero, por otro, su política se reduce a ‘denles una ayuda’”.

“Es decir —añade Hernández—, parece que lo que nos dicen es: ‘Estas personas con una ayudita económica ya tienen suficiente, o con la entrega de una silla de ruedas, pues ya se pueden dar por atendidas y tomadas en cuenta’”.

El último ejemplo, dice la activista, de que la población con discapacidad solo es tomada en cuenta en momentos puntuales fue el pasado diciembre, cuando se celebró el Día Internacional de las Personas con Discapacidad.

“Dentro de la sociedad civil, muchos comentan que es el único día en que las personas con discapacidad existen. El único día en que el Ejecutivo, el Legislativo y el Poder Judicial se enteran de que existen estas personas”, comenta irónica Libertad Hernández.

En diciembre, el Senado de la República aprobó una reforma a la Ley de Instituciones de Seguros y Finanzas para que las aseguradoras no puedan negarse a asegurar a una persona por su discapacidad, como pasó en los casos de Buzz y Gabriel.

“Esto se aprobó el día de las personas con discapacidad, pero luego se pasó a la Cámara de Diputados. Y ahí, una vez pasada la euforia, sigue sin aprobarse, y tampoco sabemos cuándo se aprobará. Y mientras tanto, ahí nos quedamos con unas autoridades que dan un paso para adelante y dos para atrás”, concluye la activista.

*Reportaje original de Manu Ureste, @ManuVPC , publicado en AnimalPolítico.com y reproducido aquí con la debida autorización.

Link de la publicación original: https://www.animalpolitico.com/2022/02/sindrome-down-aseguradora-madre-nino/

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